Las portabilidades han sido prohibidas durante el estado de alarma en el que nos encontramos por debido al avance del COVID19 o coronavirus. El Real Decreto impulsado por el Gobierno no permite que un usuario migre de compañía durante el periodo que dure el estado de alarma.
¿Cuáles son los motivos de esta decisión? Consultando el Real Decreto-ley 8/2020, el ejecutivo central expone que esta medida se toma para evitar los desplazamientos, tanto de los ciudadanos como de los técnicos que deben atender dichas portabilidades.
El decreto dice textualmente: "Por otra parte y en aras de evitar que los ciudadanos tengan que desplazarse físicamente a centros de atención presencial a clientes de los operadores de telecomunicaciones o de que estos tengan que realizar intervenciones físicas en los domicilios de los clientes, se establecen determinadas limitaciones a la suscripción de servicios de comunicaciones electrónicas que requieran de portabilidad numérica, de forma que, mientras esté en vigor el estado de alarma, se suspenderán todas las operaciones de portabilidad de numeración fija y móvil que no estén en curso, excepto en casos excepcionales de fuerza mayor".
Portabilidades prohibidas: sólo uno de los efectos del coronavirus
Las portabilidades prohibidas son sólamente una de las medidas drásticas que se han tomado debido a la expansión de COVID19 o coronavirus. La vida que antes considerábamos normal ha cambiado abruptamente, al menos mientras dure el estado de alarma.
Es de esperar que se abra la veda a imponer nuevas restricciones por parte de los gobiernos municipales, autonómicos y central por tal de frenar la emergencia sanitaria en la que ahora mismo estamos inmersos.